La Ley Núm. 46-2008, Ley de Seguridad para los Edificios Públicos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establece los procedimientos para la entrada de personas a toda estructura pública del Gobierno y dispone de las medidas mínimas de seguridad que deberán observarse.
De conformidad con lo anterior, la Comisión ha establecido la Orden Administrativa OA-2025-7 y la OA-2026-1, enmendada, adoptando las siguientes medidas de seguridad:
